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  • La dotación debe ser gratuita y en especie, nunca en efectivo./ FOTO: CANVA
    La dotación debe ser gratuita y en especie, nunca en efectivo./ FOTO: CANVA

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¡A recibir este 30 de abril la dotación laboral!

Si usted es trabajador que requiere obligatoriamente utilizar uniforme para ejercer sus funciones, su empleador deberá entregarle la dotación laboral este 30 de abril, según lo exige la ley.

27 de abril de 2025

Empleos

Este próximo miércoles 30 de abril se cumple el día en que los empleadores debe entregar a sus trabajadores la primera dotación laboral de este 2025. Esta entrega debe hacerse cada 4 meses según lo establece en los artículos 230 a 234 del Código Sustantivo del Trabajo (CST).

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Si el trabajo obliga a que el empleado use uniforme, como por ejemplo delantal y botas para desempeñar su labor, este deberá recibir la dotación. Según el Ministerio de Justicia, la dotación es una prestación social que debe recibir el trabajador.

¿Qué incluye la dotación laboral?

La dotación incluye un par de zapatos y un traje de trabajo, que debe ajustarse a las funciones desempeñadas, clima, sexo y talla del trabajador.

Tener presente que no son elementos de protección personal.

¿Quién tiene derecho a la dotación?

Los trabajadores que tienen derecho a recibir la dotación laboral son los subordinados como los que tienen contrato por obra o labor, contrato remoto, contrato de trabajo en casa, teletrabajo, contrato a término fijo, contrato a término indefinido o contrato verbal.

También aplica para empleados por días o de medio tiempo.

Todos con una antigüedad de 3 meses en la empresa y que ganen al menos 2 salarios mínimos legales vigentes, es decir menos de $ 2.847.000.

No tiene valor mínimo y no puede ser en dinero

Código Sustantivo del Trabajo aclara en su artículo 233 que “el trabajador queda obligado a destinar a su uso personal el calzado y los overoles que le suministre el patrono, y en el caso de que así no lo hiciere, este quedará eximido de hacerle el suministro por el período semestral siguiente”.

La norma no especifica un valor mínimo para la dotación, pero sí es clara en su artículo 234 que está prohibido que la empresa entregue a los trabajadores dinero en lugar de los elementos de dotación en especie.

Las empresas no podrán pedir que sean devueltos al finalizar el contrato del trabajador, solo en caso de que tengan logos de la empresa y esta corra riesgo su seguridad.

La próxima entrega serían el 31 de agosto.

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