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  • Colpensiones y los fondos privados seguirán operando pero bajo condiciones diferentes. FOTO: COLPRENSA
    Colpensiones y los fondos privados seguirán operando pero bajo condiciones diferentes. FOTO: COLPRENSA

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¡Ojo pues! Así quedó la reforma pensional que aprobó la Corte Constitucional

El proyecto, que estaba en discusión desde el gobierno pasado todavía tiene varios artículos pendientes de ser revisados. Así quedó lo que ya está listo.

hace 42 minutos

Actualidad

Luego de dos años y más de una pelea casada, la Corte Constitucional anunció el aval del 90 % de la reforma pensional impulsada por el gobierno de Gustavo Petro. Aunque todavía hay algunos artículos pendientes, el grueso del nuevo sistema entrará en vigencia en abril de 2027.

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La reforma (ley 2381) consiste en un sistema de cuatro pilares: un pilar solidario, uno semicontributivo, uno contributivo y uno de ahorro individual que, aunque permite el funcionamiento de fondos privados, prioriza Colpensiones.

En pocas palabras, a partir de abril de 2027, más de 25 millones de colombianos podrán cotizar hasta 2,3 salarios mínimos mensuales en Colpensiones, y quienes superen ese monto deberán ir a los fondos privados, ahora llamados Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual (Accai).

Eso sí, si usted ya tiene un número alto de semanas cotizadas no se tiene que preocupar por la nueva reforma, pues podrá seguir trabajando normalmente hasta lograr su pensión, ya que este cambio no cobijará a mujeres que tengan 750 semanas o más y a hombres con 900 semanas o más al momento de que la ley entre en vigencia.

Además, con este nuevo esquema, los cotizantes que estén en un fondo privado seguirán teniendo su ahorro en dicho sistema y podrán continuar generando rendimientos, pero este pasará en su totalidad a Colpensiones cuando cumplan los requisitos de pensión.

El problema para muchos es que esta práctica podría elevar el número de semanas para jubilarse, pues, si alguien podía pensionarse con 1150 semanas cotizadas en un fondo privado, al hacer ese paso a Colpensiones tendría que completar 1300 semanas.

El pilar semi contributivo de la nueva reforma pensional

Otra de las novedades importantes del nuevo sistema de pensiones es la creación del pilar semi contributivo, que busca garantizar una renta a los adultos mayores que no alcancen a cotizar las semanas necesarias.

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Es decir, los hombres mayores de 65 y las mujeres mayores de 60 que hayan cotizado entre 300 y 999 semanas podrán ser elegibles para el pago no de una renta vitalicia. Eso sí, la ley es muy clara de que esto no representa en ningún caso una pensión y que solo podrá recibirse después de agotar otras posibilidades. Esta renta vitalicia no puede superar el 80% de un salario mínimo, no se puede heredar y no se sustituye por muerte.

¿Qué queda pendiente de la reforma pensional?

Por ahora, hay nueve artículos que quedaron en veremos, y la Cámara de Representantes tiene 30 días para revisarlos y pasarle las notas a la Corte Constitucional para ver si se aceptan o no. Finalmente, la Corte deberá resolver, a partir del 1.° de abril de 2027, más de 100 demandas que tiene la reforma.

Encuentre más información de su interés en nuestra sección Actualidad.

Preguntas y respuestas relacionadas

¿Cuándo entrará en vigencia la nueva reforma pensional en Colombia?
Según la información suministrada, el grueso de la reforma pensional entrará en vigencia en abril de 2027, aunque todavía hay artículos pendientes de revisión por parte de la Corte Constitucional.
¿Qué pasará con el dinero que tengo ahorrado en un fondo privado?
Los cotizantes que tengan ahorros en fondos privados conservarán esos recursos y podrán seguir generando rendimientos. Según la información de la noticia, el ahorro pasará en su totalidad a Colpensiones cuando la persona cumpla los requisitos para pensionarse.

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