Las noticias no son buenas para Daneidy Barrera Rojas, más conocida como Epa Colombia, quien cumple una condena en la cárcel El Buen Pastor de Bogotá. Hace poco su abogada pidió acogerse a la Ley de Utilidad Pública y así Epa pueda regresar a cuidar a su pequeña hija.
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Esta petición fue negada porque la creadora de contenido y empresaria no cumple con los requisitos base para dicho beneficio. La ministra de Justicia, Ángela María Buitrago, explicó el por qué de la negativa.
Hay argumentos
Uno de los requisitos para aplicar a esta Ley de Utilidad Pública es que el delito cometido esté relacionado con su condición de extrema pobreza, como la falta de participación en los beneficios y recursos sociales, así como el acceso a las necesidades básicas, como el alimento.
En una entrevista para Blu Radio, la Ministra explicó que “Hay personas que cometen el delito en relación con su extrema pobreza para, por ejemplo, poder darle alimentación a su hijo. En ese caso en particular, hay una relación entre su marginalidad y su comportamiento; es casi que obligado”.
También afirma que hay un delito en particular que le impide a Epa Colombia acceder a la casa por cárcel. “En este caso hay un delito y lo digo teóricamente, que habla de instigación para terrorismo; yo he sido clara en que no comparto que en el caso de Epa haya habido terrorismo. Sin embargo, ella aceptó cargos y está condenada por ese delito; eso impide”.
Epa Colombia cumple una condena de cinco años y dos meses de prisión intramural por el delito de indagación a delinquir con fines terroristas.
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