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  • ormulario de declaración de renta del Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales Dian. FOTO: CAMILO SUÁREZ
    ormulario de declaración de renta del Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales Dian. FOTO: CAMILO SUÁREZ

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¿Corto de billete? La Dian te ofrece cuotas para pagar tu renta sin sanciones

Si el pago de la renta lo agobia, la Dian le ofrece cuotas para evitar multas. Declare a tiempo y organice su deuda.

hace 49 minutos

Economia de bolsillo

Si lo cogió el pago a la renta y está corto de billete, la Dian le trae una alternativa que lo salvará de una sanción. Precisó que este pago se puede hacer a cuotas, pero ojo, lo único que no debe hacer es quedarse quieto y de brazos cruzados, ya que lo primordial para acceder a esta alternativa y que la entidad no le ponga multas es que declare renta en los tiempos establecidos o si no los pagos se le volverán una deuda peor a la que ya tiene.

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¿Cómo saber si le toca declarar renta? Fácil y gratuito

Lo primero que debe recordar es que los plazos para declarar el impuesto a la renta para personas son según los dos últimos dígitos del NIT.

Desde finales de agosto empezó el pago y la declaración de renta de personas con el número de NIT finalizado en 27 y 28, es así como los números desde el 27 al 66 tendrán sus plazos para declarar hasta el día 28 de septiembre. Si no declara renta en las fechas establecidas, la sanción es del 5 % del impuesto por cada mes de retraso y puede llegar hasta el 100 %. La mínima en 2026 es de $ 523.740.

Es mejor que declare ydespués organice la deuda

Lo primordial que se debe hacer es declarar. Presentar dicha declaración sin pagar le evita la anterior sanción y le da el paso a negociar la deuda: “Recuerde que la facilidad de pago no borra la deuda ni los intereses. Lo que hace es organizarla en un plazo y frenar el cobro forzado”, explica Olga Viviana Tapias, socia de Impuestos, Legal y Precios de Transferencia de Russell Bedford Colombia.

Haga el trámite fácil y gratuito

La solicitud debe hacerla a través del sistema virtual de PQRS de la entidad o entregarla en la dirección seccional que el contribuyente tenga registrada en el RUT.

Deberá redactar una carta formal que incluya el nombre completo, número de cédula, NIT y datos de contacto del solicitante. En esta misma solicitud detalle el valor exacto de la deuda, el plazo propuesto, el número de cuotas y las fechas de pago en las que se compromete a cumplir.

Debe adjuntar a la carta los soportes financieros que acrediten los ingresos del contribuyente para demostrar su capacidad de pago.

Si el plazo solicitado supera un año, es obligatorio anexar los documentos de respaldo, que puede ser una hipoteca, aval bancario o garantía personal si la deuda no pasa de $ 157.122.000. Tenga en cuenta que “el error más común es proponer cuotas demasiado altas o comprometer un abono que después no se puede cumplir. Conseguir un acuerdo que luego se incumple deja al contribuyente peor de lo que estaba”, advierte Tapias.

Tolerancia cero

Si llega a incumplir con los pagos acordados se cancelará el acuerdo, la Dian ejecuta las garantías dadas por usted en dicho contrato y reactiva los embargos. Recuerde que los únicos por el momento tienen aplazamiento en su pago son las 308.000 personas naturales (con NIT del 01 al 26) afectadas por el terremoto, quienes deberán pagar del 27 de octubre al 13 de noviembre.

Consulte aquí el calendario tributario.

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Preguntas y respuestas relacionadas

¿Qué es una facilidad de pago ante la Dian y quiénes pueden solicitarla?
Es un acuerdo formal o mecanismo legal ofrecido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para que las personas naturales o jurídicas que presentan deudas en mora (como Impuesto sobre la Renta, IVA, Impuesto al Patrimonio, entre otros tributos administrados por la entidad) puedan cancelar sus obligaciones en cuotas o plazos diferidos, evitando mayores sanciones y el avance de procesos de cobro coactivo.
¿Qué requisitos y documentos básicos se deben aportar para solicitar una facilidad de pago en la Dian?
Entre los requisitos principales se encuentran la consulta previa del estado de cuenta, la demostración de la capacidad de pago y el aporte de documentos como copia del documento de identidad, el comprobante del pago del abono inicial (cuando aplique), un flujo de caja proyectado por el término del plazo solicitado, y la garantía o respaldo idóneo (personal, bancaria, póliza de seguros, etc.) según el monto y los plazos requeridos de la deuda.
¿Qué beneficios principales obtiene un contribuyente al tramitar y cumplir con una facilidad de pago?
Al acogerse y cumplir puntualmente con los plazos establecidos en el acuerdo de pago, el contribuyente logra la suspensión de los procesos de cobro coactivo, el levantamiento de medidas cautelares (como embargos a cuentas bancarias), evita el incremento desmedido de sanciones e intereses moratorios adicionales, y mantiene al día su historial y cumplimiento tributario ante la entidad.
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