En la que se podría considerar como una ley que tendrá un amplio impacto social y que recoge una solicitud de hace años, el miércoles la plenaria del Senado votó y aprobó en último debate el proyecto de ley que prohíbe en el país el matrimonio con menores de edad. Le falta la conciliación con la Cámara para que vaya a sanción.
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La ley denominada “Son niñas no esposas”, fue de autoría múltiple, en concreto elimina el matrimonio infantil, las uniones maritales de hecho y las uniones tempranas (MIUT) en las cuales uno o ambos contrayentes o compañeros permanentes sean menores de edad, y tuvo como ponente a la senadora del Pacto Histórico, Clara López.
“Estamos de verdad ante un problema y una problemática social de largo alcance, que impide el libre desarrollo de la personalidad de niños niñas y adolescentes, pero principalmente de niñas”, dijo López.
Precisó además la ponente que “las niñas no son esposas, son niñas, y por eso es tan importante la prohibición de uniones tempranas, tanto matrimonios formales como uniones maritales de hecho, esa consideración de las niñas como esposa, las saca del colegio”.
La también senadora del Pacto Histórico, María José Pizarro, declaró que “el matrimonio infantil viene acompañado de un embarazo adolescente, viene acompañado de violencia sexual, de niñas abusadas por hombres adultos, viene acompañado de violencia física y psicológica de la imposibilidad de construir un proyecto de vida”.
Durante el debate la senadora indígena, Marta Peralta, relató que ella nació cuando su madre tenía apenas 15 años, mientras que su padre ya tenía 62 años. Además la senadora pidió acompañar este proyecto que es fundamental para la sociedad colombiana.
Por su parte el senador del Centro Democrático, Honorio Henríquez, quien había presentado este mismo proyecto en otra legislatura pero no avanzó, ante algunas discrepancias que se dieron en la plenaria pidió que “mantengamos los acuerdos, y por fin sea una realidad para que amparemos los derechos de las niñas en Colombia, llevamos años en esto, no dilatemos más este tema que es fundamental y vital”.
En el texto de la ley además se precisa que la nulidad de declaración de la unidad marital de hecho con menor de 18 años, se excluya del patrimonio del haber conyugal, los bienes que adquirieron los menores que están en esas uniones.
“Lo que hemos hecho en el primer parágrafo de este artículo es que las personas mayores de edad, que hayan formado una unión marital de hecho con un menor, no podrá beneficiarse de los bienes o derechos patrimoniales del menor”, dijo la ponente Clara López.