¡Pilas! La Dian informó que ahora el RUT tiene vigencia indefinida, no se vence
La decisión se tomó para evitar trámites innecesarios. Le contamos en qué casos debe actualizar el documento.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) informó que de ahora en adelante el Registro Único Tributario (RUT) no tendrá fecha de vencimiento.
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Jairo Orlando Villabona Robayo, director general de la Dian, manifestó que este documento, que es necesario para muchos trámites fiscales y administrativos ante entidades del Estado, solo tendrá que ser actualizado en casos específicos.
Y es que para garantizar la protección de datos personales, la Dian estableció varios ajustes:
- Ahora en el documento se visualizara la fecha de expedición del RUT en el pie de página de cada hoja y no habrá fecha de actualización.
- Para confirmar que es una copia válida las entidades se deberán fijar en la fecha de generación y en la marca de agua, donde dice “copia certificado documento sin costo” o “certificado documento sin costo”.
- Para proteger la información personal de los contribuyentes se implementó otro cambio: ahora la casilla 27 de RUT aparecerá en blanco y no tendrá la fecha de expedición del documento de identidad de los contribuyentes.
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La Dian recordó entonces que este documento solo deberá ser actualizado en algunos casos: si hay cambios en el lugar de residencia, en el número telefónico, en el correo electrónico, en la actividad económica o en otro dato del contribuyente.