
La Registraduría Nacional del Estado Civil y la Superintendencia de Notariado y Registro informaron que, como medida preventiva, mientras estemos en contingencia y cuarentena por el Covid-19 no será necesaria la presencia de los bebés en las oficinas de registro para realizar el proceso de expedición del registro civil.
Entre las medidas tomadas por las 2 entidades de manera temporal están la supresión de la toma de las huellas de las plantas de los pies de los niños. Además establecieron que los declarantes no tendrán que utilizar equipos biométricos.

La Registraduría Nacional explicó que “si la inscripción se requiere con urgencia, los padres podrán acudir a las notarías autorizadas para realizar el trámite, en los turnos establecidos por la Superintendencia de Notariado y Registro. Padres, ascendientes y parientes mayores debidamente identificados, así como el director de la institución de salud en donde ocurrió el nacimiento o un defensor de familia, podrán acudir a solicitar el registro”.
Si, a pesar de esta excepción para que los bebés no sean llevados a las oficinas de registro, los padres no pueden adelantar la inscripción del recién nacido en el mes siguiente al nacimiento, podrán hacerlo de manera extemporánea con el certificado de nacido vivo, una vez se supere la situación actual.
Hay que tener presente que por la orden de aislamiento que actualmente atraviesa el país y las medidas de prevención tomadas en clínicas, hospitales y centros de salud, el proceso de registro civil no se está haciendo en los centros asistenciales cuando nacen los bebés.
“Frente a los casos que presentan sentencia de adopción para la inscripción en el registro civil, ambas entidades presentaron un protocolo que incluye la atención inmediata de la solicitud recibida”, añadió la Registraduría.